Cuentas de pago básico

Las cuentas de pago básico son un tipo de cuentas que permiten realizar todos los servicios bancarios básicos.

Responden a la necesidad de combatir la exclusión financiera y garantizar que todo el mundo pueda desarrollar una vida económica y social normalizada.

Si cumples los requisitos, en nuestra te podemos asesorar de los pasos a seguir.

¿Quién puede solicitarlas?

Estas cuentas pueden ser solicitadas por todas las personas físicas y mayores de edad que:

  • No tengan ninguna otra cuenta bancaria en el Estado español.
  • No destinen el uso de la cuenta a su actividad profesional (no podrá utilizarse para gestionar un negocio, pero sí para recibir la nómina).
  • Sean residentes en la Unión Europea (incluidos aquellos clientes que no tengan domicilio fijo, sean solicitantes de asilo o carezcan de permiso de residencia, pero su expulsión sea imposible por razones jurídicas o de hecho).
¿Cómo puede usarla?

Uso ilimitado para:

  • Retirar dinero en efectivo siempre que lo necesites, tanto en tu entidad bancaria como en los cajeros automáticos de la Unión Europea.
  • Pagos online.
  • Depósito de fondo, tales como la nómina o prestaciones sociales.
  • Operaciones con tarjeta de débito o prepago.

Uso limitado para:

  • Domiciliaciones y transferencias, con un máximo de 120 operaciones al año.

Estas cuentas te permiten tener una tarjeta de débito o prepago y te ofrecen otros servicios bancarios, pero NO es necesario ni obligatorio adquirir ninguno de estos servicios para abrir una cuenta de pago básica.

¿Cuál es el costo?

Estas cuentas tendrán un coste máximo de 3 euros al mes (36 euros anuales).

Pueden ser gratuitas para personas en situación especial de vulnerabilidad o en riesgo de exclusión financiera durante los dos primeros años a contar desde la fecha de formalización de la cuenta (prorrogable si la situación económica sigue igual pasado ese tiempo).

El banco te pedirá que acredites tu situación de vulnerabilidad: aporta la máxima documentación de la que dispongas que muestre la falta de ingresos económicos. Si estás siendo atendido o atendida por un servicio público, pide que te hagan un «hago constar» asegurando que se te está atendiendo. En nuestra entidad además de ofrecerte más información, si la necesitas, podemos elaborar una carta de solicitud a servicios sociales para el caso.

Hay que tener en cuenta que cada banco tiene sus propias comisiones, en caso de que sobrepases el número de trámites gratuitos. Mira bien el contrato para asegurarte de que no te cobren por cosas que no necesitas.

¿Cómo puedes pedirla?

Todos los bancos deben ofrecer por ley estas cuentas. Para abrir una cuenta de pago básica, debes ir presencialmente a cualquier oficina bancaria a presentar tu solicitud. A continuación, puedes encontrar modelos de solicitud para hacerla:

Allí te informarán de los servicios específicos que incluye la cuenta, así como de las comisiones y condiciones específicas para su uso. El banco también tiene que ofrecerte dos documentos: uno con toda la información precontractual y otro con todas las posibles comisiones que te puedan hacer pagar, en caso de que las haya.

Una vez en el banco, te pedirán documentación para poder abrir la cuenta:

  • Si eres una persona con residencia legal en la Unión Europea (aunque no tengas un domicilio fijo) deberás llevar el documento de identificación (DNI, pasaporte o tarjeta de residencia).
  • Si eres una persona solicitante de asilo, deberás llevar la tarjeta de solicitante de asilo.
  • Si no tienes permiso de residencia, pero tu expulsión es imposible por razones jurídicas o de hecho, deberás llevar tu pasaporte y documentos que puedan acreditar su situación.

Después de tu solicitud, el banco deberá contestarte por escrito y de forma gratuita en un máximo de 10 días para decir si te concede la cuenta o te la deniega.

¿Qué hacer si te la deniegan?

Reclama que el banco te notifique por escrito la denegación del acceso a una cuenta de pago básica, expresando las razones concretas.

Presenta una queja o reclamación al Servicio de Atención al Cliente de la entidad bancaria y, en su caso, al defensor/a del cliente/a del banco al mismo tiempo.

Si no te contestan en el plazo de un mes natural o te contestan en sentido negativo, presenta una reclamación en la Oficina del Banco de España:

Por internet: https://app.bde.es/psr_www 

Por escrito, en la Oficina del Banco de España en Murcia:

OFICINA DEL BANCO DE ESPAÑA
Gran Vía del Escultor Francisco Salzillo, 20, 30004 Murcia
Teléfono: 968 21 05 54

¿Cómo realizar una reclamación?
  1. Identifica el escrito que dirijas al Banco de España con tu nombre, domicilio, DNI o documento del que dispongas y, si tienes, tu representación.
  2. Explica contra qué entidad y oficina reclamas y acredita que has acudido previamente al Servicio de Atención al Cliente de la entidad bancaria.
  3. Termina tu escrito con el sitio y fecha del documento, así como con tu firma original.
  4. Adjunta una fotocopia de los documentos que acrediten los hechos reclamados.

A continuación, tienes disponibles distintos modelos para presentar tu reclamación:

Quédate SIEMPRE una copia con el número de registro de presentación del escrito o entrada

DEMANDAS ESENCIALES DE LAS ORGANIZACIONES DE TRABAJADORAS DE HOGAR Y DE CUIDADOS DEL ESTADO ESPAÑOL DE CARA A LA RATIFICACIÓN DEL CONVENIO 189 DE LA OIT Y SU DESARROLLO NORMATIVO POSTERIOR

  1. Incorporación plena en el Régimen General de la Seguridad Social, eliminando el sistema especial, y su reconocimiento en el marco del Estatuto de los Trabajadores.
  2. Eliminación de la figura del desistimiento, por suponer una forma de despido libre e injustificado, y aplicación del régimen jurídico de la extinción del contrato bajo el artículo 49 del Estatuto de los Trabajadores.
  3. Prestación por desempleo equiparada al Régimen General de la Seguridad Social.
  4. Incorporación del tipo de cotización del Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) y equiparación de derechos en su acción protectora, adaptándolo a las particularidades del entorno y sector laboral.
  5. Integración de las lagunas de cotización de la Seguridad Social para equiparar las pensiones a las del resto de trabajadores/as.
  6. Incorporación del sector al ámbito de aplicación de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Reconocimiento de las enfermedades profesionales asociadas al sector e incorporación al ámbito de protección de la Seguridad Social.
  7. Medidas específicas para garantizar inspecciones de trabajo eficaces.
  8. Mayor protección para las trabajadoras de hogar en régimen interno, con mecanismos de control para garantizar los descansos, regular el régimen de pernocta, el salario en especie, el derecho a la privacidad, la intimidad y su bienestar, entre otros.
  9. Medidas que faciliten los trámites para la contratación y afiliación en el sistema de la Seguridad Social de las trabajadoras sin contrato, regularizadas o no, que se calculan en torno a 200.000 según estadísticas oficiales.
  10. Puesta en marcha de la Regularización Extraordinaria de las personas migrantes que están en España (ILP) y modificación de la Ley de Extranjería (LO 4/2000) para la flexibilización de los requisitos y procedimientos de arraigo social, arraigo laboral y reagrupación familiar.
  11. Fortalecimiento de las políticas públicas de cuidados y apoyo a las familias con rentas más bajas que, ante la insuficiencia de recursos públicos, dependen de la contratación de una trabajadora de hogar para proveer de cuidados a las personas en situación de dependencia, con medidas, entre otras, como:
    a. Eliminación de las bonificaciones generales de las cuotas a la Seguridad Social y aumento de las bonificaciones específicas u otro tipo de medidas de apoyo según renta y necesidad.
    b. Incremento de los recursos y prestaciones del Sistema de Atención a la Dependencia.
    c. Reconocimiento de las tareas de cuidados realizadas por las trabajadoras del hogar.
    Es el Estado quien, en el marco de sus políticas públicas de cuidados, debe asumir el incremento en los costes para garantizar tanto el derecho al cuidado de todas las personas que lo necesitan, como unas condiciones laborales dignas en el empleo de hogar.

CÓMO AYUDAR A LAS ONGD EN LA CRISIS HUMANITARIA EN UCRANIA

Ucrania está viviendo una crisis humanitaria en la que a todos nos gustaría apoyar, pero son en estos momentos en los que debemos saber cómo actuar.
Para ello, la Coordinadora de Ong para el Desarrollo de la Región de Murcia (CONGDRM), en la que Murcia Acoge participa activamente, ha creado un artículo en el que se detalla ¿CÓMO AYUDAR A LAS ONGD EN LA CRISIS HUMANITARIA EN UCRANIA?. Moisés Navarro, su Presidente, ha creado un vídeo a modo resumen de estas recomendaciones para que tu ayuda se canalice de la forma más efectiva posible: https://www.facebook.com/coordinadorademurcia/videos/352725793415992/

Desde Murcia Acoge estamos participando en todas las reuniones, foros y plataformas que se están creando, tanto desde las propias instituciones públicas como desde las redes de las que formamos parte con el fin de poder aunar esfuerzos y coordinarnos. Estamos en continua coordinación con la Dirección General de Servicios Sociales y relaciones con el Tercer Sector, además de con los Ayuntamientos de Cartagena y Murcia.

También estamos recibiendo muchas solicitudes de ofrecimiento de viviendas o habitaciones para la acogida de familias y menores, en este particular, y tras la reunión mantenida con la CARM, toda la información relativa a la protección de personas ucranianas y acogimiento de menores la tenemos en éste enlace.

A partir de aquí iremos añadiendo las últimas informaciones sobre la protección a personas ucranianas víctimas de la crisis humanitaria por la guerra:

Noticias relacionadas:

https://www.laverdad.es/murcia/organizaciones-region-murcia-20220301101054-nt.html

https://murciaplaza.com/una-oficina-gestionara-las-ayudas-de-los-murcianos-para-los-refugiados-de-ucrania

https://www.laverdad.es/murcia/piden-aumentar-plazas-20220228193834-nt.html

Manifiesto al que nos hemos adherido: https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLSerdRYmko0WobWRCENOnYLyYB61zbZ8rxNYoAVeQp5s9JpjPA/viewform

Red Acoge pide que se respete el derecho internacional humanitario y reclama a la UE y a España que faciliten la salida segura y la acogida a personas refugiadas.

Desde Red Acoge condenamos enérgicamente la ocupación de Ucrania por parte de la Federación de Rusia y recordamos a las partes del conflicto que los ataques contra la población y las infraestructuras civiles, así como los ataques indiscriminados, están prohibidos por el derecho internacional humanitario y pueden constituir crímenes de guerra.

El rápido deterioro de la situación, como consecuencia de las acciones militares llevadas a cabo por Rusia en Ucrania, ha provocado que cientos de miles de personas – cifradas ayer por el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) en más de 100.000- se vean obligadas a huir de sus hogares hacia el interior del país o a buscar refugio en otros países.

Ante la inminente crisis de desplazamiento forzado reclamamos a los Gobiernos de los países vecinos que dejen abiertas sus fronteras y que la Unión Europea facilite vías seguras para las personas que buscan seguridad y protección. Entre estas vías que reclamamos se encuentran los corredores humanitarios y la protección inmediata y de carácter temporal para las personas desplazadas aplicando la Directiva 2001/55/CE, que permite conceder una protección temporal de forma inmediata a las personas que llegan a la UE cuando se produce una gran afluencia de personas solicitantes de asilo.

Hacemos un llamamiento a la comunidad internacional y, a la europea en particular, para que despliegue medidas urgentes que garanticen y protejan los derechos de la población civil en cualquier situación de desplazamiento forzado y su acogida en condiciones adecuadas.

La exclusión financiera afecta a miles de personas migrantes y refugiadas en el Estado español

  • Varias organizaciones sociales se reúnen de nuevo con la Defensoría del Pueblo para denunciar las irregularidades llevadas a cabo por las entidades bancarias que niegan sistemáticamente el acceso a las cuentas de pago básicas a las personas migrantes y refugiadas incumpliendo la legislación vigente. 
  • Ante esta grave problemática, las organizaciones reclaman al Gobierno y al Banco de España, medidas urgentes para que las entidades bancarias cumplan con la normativa y pongan fin a una práctica que dificulta la inclusión financiera y social de las personas en situación de mayor vulnerabilidad.

Madrid, a 15 de febrero de 2022 –Las personas migrantes y solicitantes de asilo se enfrentan a innumerables trabas en el acceso y mantenimiento de una cuenta bancaria debido a las prácticas llevadas a cabo por las entidades bancarias que incumplen de manera reiterada la normativa actual.Así lo constatan las más de 300 incidencias recogidas por varias organizaciones sociales que, señalan, tan solo muestran una pequeña parte del iceberg, ya que la gran mayoría de las incidencias quedan sin registrar.  

En el 80% de las incidencias recogidas se deniega la apertura de este tipo de cuentas por motivos contrarios a la legislación vigente (no reconocimiento de documentos de identidad válidos, como el resguardo de solicitud de protección internacional, documentación adicional que no está recogida en la normativa o cobro de altas comisiones, incluso en aquellas situaciones en las que se cumplen los requisitos para solicitar la gratuidad de este tipo de cuentas). De este modo, las trabas de las entidades bancarias vulneran el derecho de las personas en situación de mayor vulnerabilidad a la inclusión financiera.

“Me he dirigido a distintas entidades bancarias y se me ha denegado el acceso a una cuenta cuando les entregué un resguardo de solicitud de protección internacional. Y tampoco me han dado opción a hacer ninguna reclamación”.

“Me piden movimientos de 600 euros y si no los tengo, me piden una comisión de 40 euros mensuales. Para mí eso es imposible”. “Si no abro una cuenta, yo no puedo recibir mi dinero”.

Estas son algunas de las declaraciones de las personas que han querido aportar su testimonio para visibilizar esta realidad.

En el mes de junio de 2021, el Consejo para la Eliminación de la Discriminación Racial o Étnica (CEDRE) también alertaba de esta grave situación: “Ser titular de una cuenta bancaria es un derecho instrumental que permite contratar servicios básicos con entidades privadas y públicas, como el suministro eléctrico, de agua o gas, alquilar una vivienda, o percibir una prestación económica estatal o autonómica. Resulta prioritario por tanto garantizar este derecho para evitar la exclusión social y acabar con la discriminación indirecta que supone”.

Las entidades sociales llevamos casi dos años denunciado esta situación ante las propias entidades bancarias, el Banco de España, el Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (SEPBLAC), el Ministerio de Consumo y diferentes grupos parlamentarios.  Desde la Defensoría del Pueblo, esperan contestación desde el mes de mayo de 2021 de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional a las consultas que desde esta institución han realizado.

Además, la Defensoría del Pueblo, mantiene abiertas actuaciones con el Banco de España tras recibir numerosas quejas de ciudadanos y ciudadanas extranjeras que aseguran que se les estaba denegando la apertura de cuentas bancarias.

Ante la falta de respuesta de los organismos competentes y la pasividad de las entidades financieras, las organizaciones sociales lanzamos una campaña de denuncia para exigir medidas urgentes y efectivas para que se cumpla con la normativa vigente, reforzando los mecanismos de control y supervisión con el fin de garantizar el acceso a las cuentas de pago básicas y evitar los casos de exclusión financiera que agravan las situaciones de vulnerabilidad social.

Promueven:

Adoratrices – Andalucía Acoge – Asociación Rumiñahui – Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR) – Fundación CEPAIM. Acción integral con migrantes – Fundación APIP- ACAM – Movimiento por la Paz (MPDL) –ONG Rescate – Provivienda – Red Acoge – Red Interlavapiés – RefugeesWelcome.

Nota de Prensa

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